Micelio
Auto26 de agosto de 2026

A-1176 de 2026

✓
Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 2 Civil del Circuito de Girardot y el Juzgado 2 Administrativo del Circuito del mismo municipio.

Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que el primer despacho se apartó del conocimiento de la solicitud de amparo con base en reglas de reparto y alegando la posible configuración de un reparto caprichoso.

Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 2 Civil del Circuito de Girardot para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su incompetencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce el ordenamiento jurídico y la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 02 de julio de 2026 , proferido por el Juzgado 002 Civil del Circuito de Girardot, dentro del tr�mite de la acci�n de tutela promovida por Keny Alejandro Miranda Valencia contra ESERT.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC - 5564 al Juzgado 002 Civil del Circuito de Girardot, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisi�n a que haya lugar.
  3. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 002 Civil del Circuito de Girardot que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su incompetencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce el ordenamiento jur�dico y la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
  4. CUARTO. Por la Secretar�a General de esta corporaci�n, COMUNICAR la presente decisi�n a la parte demandante, al Juzgado 002 Civil del Circuito de Girardot, y al Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Girardot. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital ICC-5564, archivo �002Escrito.pdf�. En adelante, se entender� que los archivos a los que se haga referencia integran el expediente ICC-5564, a no ser que se indique lo contrario. [2] Archivo �010FalloTutelaNiega 2026-00256� [3] Archivo �012AllegaImpugnacion� [4] Archivo �013AutoConcedeImpugnaci�n2026-00256� [5] 017ActaRepartoRecibido01Julio2026 [6] Archivo �019Auto2InstDeclaraNulidadOrdenaRemitirTutelaAJuecesCircuito02Jul2026�. [7] Archivo �5_003 955at26228EjercitoConflictoNegativoDeCompetencia-1�. [8] Archivo �Correo env�o ICC 5564.pdf�.� [9] Corte Constitucional, autos 014 de 1994, 087 de 2001, 122 de 2004, 280 de 2006, 031 de 2008, 244 de 2011, 218 de 2014, 492 de 2017, 565 de 2017, 178 de 2018, entre otros. [10] Corte Constitucional, autos 170A de 2003 y 205 de 2014, entre otros. [11] Corte Constitucional, autos 159A y 170A de 2003. [12] Corte Constitucional, Auto 493 de 2017. [13] Corte Constitucional, entre otros, los autos 486 y 496 de 2017. [14] Corte Constitucional, entre otros, los autos 105 de 2016; 157 de 2016; 007 de 2017; 028 de 2017; 030 de 2017; 052 de 2017; 059 de 2017; 059A de 2017; 061 de 2017; 152 de 2017; 171 de 2017; 197 de 2017; 332 de 2017; 325 de 2018; y 242 de 2019. Debido a ello, el par�grafo 2� del art�culo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015 dispone que: � Las anteriores reglas de reparto no podr�n ser invocadas por ning�n juez para rechazar la competencia o plantear conflictos negativos de competencia �. [15] Corte Constitucional, autos 481 de 2019, 495 de 2019 y 159 de 2020. [16] Corte Constitucional, autos 124 de 2009, 346 de 2014, 050 de 2015, 173 de 2017, 604 de 2019, 1306 de 2024, entre otros. [17] Corte Constitucional, Auto 020 de 2021. [18] Ibidem. [19] Corte Constitucional, Autos 198 de 2009, 525 de 2017, 570 de 2017, 588 de 2017, 089 de 2018, 118 de 2018, 668 de 2018 y 269 de 2019. [20] Corte Constitucional, Auto 267 de 2019. [21] Corte Constitucional, Autos 145 de 2019, 810 de 2018, 803 de 2018, 662 de 2018, 712 de 2017, 124 de 2016 y 269 de 2019. [22] En este sentido, si la demanda se dirige contra un juzgado civil municipal y se reparte a un juzgado administrativo del circuito no se evidencia, en principio, la existencia de un reparto caprichoso o arbitrario. [23] Corte Constitucional, Auto 124 de 2009. [24] Corte Constitucional, Auto 269 de 2019.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.